El pasado 10 de noviembre, fue aprobado por el Consejo de Ministros el Proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos, que adaptará nuestra legislación a las disposiciones del Reglamento General de Protección de Datos (UE 2016/679), introduciendo novedades en la regulación de este derecho fundamental en nuestro país.

Entre dichas novedades, destaca la nueva figura del Delegado de Protección de Datos que actuará, según el proyecto, “como interlocutor del responsable o encargado del tratamiento ante la Agencia Española de Protección de Datos y las autoridades autonómicas de protección de datos”, designación que deberá ser comunicada a la propia AEPD.

Además, tal y como se había anunciado, se adelanta a los 13 años la edad de consentimiento para el tratamiento de datos, se excluye la figura del consentimiento tácito sustituyéndose por una acción afirmativa y expresa por parte del afectado, y se tomará en cuenta el tratamiento de los datos correspondientes a personas fallecidas por parte de sus herederos.

Se incorpora el principio de transparencia en cuanto al derecho de los afectados a ser informados sobre dicho tratamiento y contempla de forma expresa los derechos de acceso, rectificación, supresión, derecho a la limitación del tratamiento, así como a la portabilidad y oposición.

El Reglamento Europeo, que se aplicará a partir del próximo 25 de mayo de 2018, recoge como uno de sus principales objetivos acabar con la fragmentación existente en las distintas normativas de los países comunitarios.

En el caso de España, la adaptación de nuestra legislación al RGPD hace necesaria la elaboración de una nueva Ley Orgánica en sustitución de la actual, cuyas normas y desarrollo deberán ser revisadas para evitar contradicciones. Por su parte, la AEPD deberá desarrollar cuestiones concretas, que el propio Reglamento Europeo remite a las autoridades de control.

Para saber más sobre el Proyecto de Ley: Consejo de Ministros – La Moncloa

Créditos Imagen: Sede del Ministerio de Justicia. (Luís García / Wikipedia)