El 13 de noviembre de 2014, Facebook anunció una revisión de su política de privacidad, cookies y sus términos de uso, cambios que fueron incorporados en enero del año 2015. A raíz de esta declaración se creó un Grupo de Contacto formado por España, Francia, Holanda, Alemania y Bélgica para la investigación de estos cambios. El 8 de marzo de 2016, la Agencia Española de Protección de Datos, inicia de oficio la investigación que culmina en un procedimiento sancionador en el que la AEPD impone a FACEBOOK, INC una multa, de 1.200.000 euros por dos infracciones graves y una muy grave de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD).

Las sanciones se imponen por las siguientes conductas:

• Tratar datos, incluso especialmente protegidos (ideología, afiliación sindical, religión y creencias) sin recabar el consentimiento del interesado.

• No informar de forma clara y exhaustiva que datos se van a recoger y la finalidad.

• No informar a los titulares de datos de carácter personal, tanto a miembros de Facebook como aquellos que a pesar de no ser miembros de la red social han visitado alguna vez sus páginas, de que se van a tratar su información a través de cookies, incluso algunas con finalidad declarada secreta, cuando naveguen por páginas de terceros que tengan el botón “ME GUSTA”.

• No tener una política de privacidad clara que contiene, según la AEPD, «expresiones genéricas y poco claras, y obliga a acceder a multitud de enlaces distintos para conocerla».

• No cancelar totalmente la información de los usuarios cuando ya no es útil para el fin para el que se recogió, ni cuando lo solicitan los interesados.

A pesar de que es la sanción más alta impuesta dentro del grupo de contacto, hasta el momento, por los cambios efectuados política de privacidad, cookies y sus términos de uso, y la más alta historia de la Agencia Española, no es la más mayor impuesta a Facebook en la Unión Europea, ya que el 18 de mayo de 2017 la compañía fue sancionada por la Comisión Europea con 110 millones de euros por haber facilitado datos “incorrectos o engañosos” en la compra de WhatsApp.

Puedes leer el expediente sancionador completo en este enlace.

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